No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de proceso, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Juez. La experiencia del abogado argentino https://paises-sin-extradicion49134.answerblogs.com/29847266/abogados-en-italia-para-tontos